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Limpieza y Desinfección de Tanques

 

 

ORDENANZA Nº 11691 - Art. 1º.

 

DISPÓNESE la obligatoriedad anual de la limpieza de los tanques proveedores de agua potable para los consorcios de edificios de propiedad horizontal, con más de una unidad de vivienda y propietarios de establecimientos comerciales, industriales, de servicio y de empresas que manipulen o procesen alimentos.

Se recomienda limpiar ese depósito al menos una vez al año en viviendas y dos veces al año en edificios, y el invierno es el mejor momento.

Quedan exceptuadas del alcance de la presente Ordenanza, las viviendas individuales agrupadas y vivienda colectiva que no compartan las instalaciones de provisión de agua potable.

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